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En menos de tres meses, el 1 de enero de 2025, entra en vigor la obligación de marcar la fracción o contenedor donde deben depositarse los residuos de envases domésticos.

Esta nueva obligación está trayendo quebraderos de cabeza a gran parte del tejido empresarial, pues a lo largo de estos meses deben modificar sus etiquetas para adaptarse a esta nueva exigencia legal.

Pero, ¿Sabes cómo debes cumplir con esta obligación? A pesar de que a priori parece una exigencia de fácil cumplimiento, se han generado muchas dudas en torno a la misma. Te lo contamos todo:

¿Debo utilizar una simbología concreta?:

No, puedes utilizar una simbología propia, si así lo deseas. Aunque lo más común es utilizar la simbología de Ecoembes, ya que es la más conocida para los consumidores.

 ¿Cómo debo realizar el marcado si mi envase está formado por un único material?:

En caso de que tu envase sea monomaterial, no hay duda, deberás indicar el contenedor de destino de ese material.

¿Y si mi envase está fabricado por diferentes materiales?:

En el caso de envases fabricados por diferentes materiales, si éstos pudieran separarse fácilmente, se indicará la fracción o contenedor donde deberán ser depositado cada uno. Cuando no puedan separarse los materiales fácilmente, se indicará la fracción o contenedor correspondiente al material predominante en peso, salvo que se demuestre que existe una mejor alternativa de recogida.

 Cuando no puedan separarse los materiales fácilmente, se indicará la fracción o contenedor correspondiente al material predominante en peso, salvo que se demuestre que existe una mejor alternativa de recogida.

¿Y si mi envase es un envase compuesto?:

 En este caso se indicará la fracción o contenedor correspondiente al material predominante en peso, salvo que se demuestre que existe una mejor alternativa de recogida.

¿El marcado debe tener algunas características concretas?:

El marcado con el símbolo del contenedor/es de destino deberá ser claramente visible y fácilmente legible y deberá tener una persistencia y durabilidad adecuadas, incluso después de abierto el envase.

 ¿Qué ocurre si pongo en el mercado un producto envasado sin el marcado del contenedor de destino antes del 1 de enero de 2025, y con posterioridad a esa fecha continúa en el mercado?:

En este caso no podrás ser sancionado, pues para la aplicación de esta obligación se tiene en cuenta la fecha de la primera puesta en el mercado de dicho envase. Por lo tanto, si la fecha de la primera puesta en el mercado es anterior al 01/01/2025, la obligación aún no está en vigor.

Se me ha echado el tiempo encima...¿Puedo utilizar temporalmente pegatinas que indiquen este marcado?:

Puedes utilizar pegatinas que incluyan este marcado de manera temporal. Siempre y cuando sean fácilmente legibles y tengan una persistencia y durabilidad adecuadas, incluso después de abierto el envase.

Puedes utilizar pegatinas que incluyan este marcado de manera temporal. Siempre y cuando sean fácilmente legibles y tengan una persistencia y durabilidad adecuadas, incluso después de abierto el envase.

¿Cómo debo marcar mi envase si pongo en el mercado varios envases primarios (de plástico) agrupados a través de un envase de agrupación (de cartón) y éstos son de diferentes materiales?:

En este caso dependerá de cuál sea la unidad de venta. Es decir, de si el consumidor puede adquirir el envase primario de plástico de manera individual o si debe comprar el pack completo a través del envase de agrupación.

  • En el primero de los casos, deberá indicar el símbolo del contenedor de destino en cada uno de los envases, tanto en los primarios de plástico (símbolo del contenedor amarillo), como en el envase de agrupación de cartón (símbolo del contenedor azul).
  • En el segundo caso, se podrá indicar únicamente en el propio envase de agrupación de cartón ambos símbolos (el símbolo del contenedor azul y el símbolo del contenedor amarillo). Pero debe especificarse la fracción para cada componente de forma que no dé lugar a dudas acerca de dónde deben depositarse cada una.

Desde el Departamento de Sostenibilidad y Medio Ambiente de ADESA podemos asesorarte y acompañarte en el cumplimiento de esta nueva obligación. Si tienes dudas, ¡ponte en contacto con nosotros! Estaremos encantados de poder ayudar a tu empresa a comprender la norma y a cumplir de manera sencilla y práctica con ésta y otras obligaciones ambientales.

Faldon adesa 24

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¿Está tu empresa preparada para la nueva ley de desperdicio alimentario que entrará en vigor a principios de 2025?

Hoy, 29 de septiembre, se celebra el Día Internacional de la Concienciación sobre la Pérdida y el Desperdicio de Alimentos, gracias a un decreto oficial establecido por la ONU y cuyo principal objetivo es evitar que los alimentos se desperdicien.

Según datos de la FAO (Food and Agriculture Organization) en Europa un 12% de los alimentos se pierde o se desperdicia en la etapa de manipulación y almacenamiento previa a la transformación, un 5% en la etapa de procesamiento y un 9% en la etapa de distribución y comercialización.

El despilfarro alimentario perjudica al conjunto de la sociedad e impacta negativamente sobre el medio ambiente, porque encarece el acceso a bienes de primera necesidad, malgasta recursos naturales escasos que se utilizan en la producción y el trabajo de agricultores y ganaderos, aumenta los residuos, y lastra la eficiencia del sector productivo y su competitividad.

Pero no solo tiene un impacto social y ambiental negativo, sino que viene acompañado de pérdidas monetarias para las empresas. Según un estudio realizado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en 2018, el desperdicio de alimentos en las empresas equivalía a una pérdida de 0,0057 € por cada Kg o L de producto producido.

En este contexto, España se encuentra trabajando sobre la nueva Ley de desperdicio alimentario, la cual se espera que entre en vigor en enero de 2025. Esta ley, desde su entrada en vigor, obligará a todas las empresas del sector a cuantificar sus excedentes y a contar con un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio de alimentos para que, a partir de un autodiagnóstico, adopten medidas para minimizar las pérdidas conforme a una jerarquía de usos en la que tendrá prioridad el consumo humano.

Desde el Departamento de Sostenibilidad y Medio Ambiente de ADESA acompañamos a las empresas de la cadena alimentaria en el diseño y elaboración de planes de prevención y reducción del desperdicio de alimentos que sean eficientes y prácticos.

 

¡Si necesitas ayuda con la gestión del desperdicio alimentario en tu organización, contáctanos!

 

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El Gobierno Vasco ha publicado la nueva versión del Estándar APPCC, actualizada en julio de 2024. Aunque la mayor parte del documento sigue sin cambios significativos —manteniendo la misma estructura, referencias y bibliografía— el apartado 5.14.10. PLAN DE CONTROL DEL AGUA merece especial atención:

Los establecimientos alimentarios que se abastecen de una red pública, así como aquellos que disponen de un recurso propio de agua, deben contar con un plan documentado para garantizar la idoneidad de dicha agua, especificando:

  • Descripción detallada de las características de la red interna de agua, identificando los riesgos asociados a la misma y los controles propios del abastecimiento.
  • En caso de utilizar un recurso propio de agua, incluir una descripción del recurso hídrico, identificación de sucesos o situaciones que puedan afectar a la potabilidad del agua y la correspondiente descripción de las medidas de actuación para cada situación.
  • Planes de limpieza, desinfección y mantenimiento de las instalaciones, junto con la planificación de los controles a realizar (mediciones del desinfectante, analíticas fisicoquímicas y microbiológicas).

Este ajuste se debe, en gran medida, a la publicación del Real Decreto 3/2023, que establece los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, así como los requisitos para su control y suministro.

Principales Cambios del Nuevo Estándar

  1. A diferencia de la versión de 2017, el nuevo estándar simplifica las opciones de abastecimiento de agua, enfocándose en dos escenarios:

    • Establecimientos que se abastecen de la red pública.
    • Establecimientos con recurso propio de agua.
  2. Nueva referencia a la red interna de agua: Se hace especial hincapié en que la descripción debe referirse a la red interna de la empresa, destacando la obligación de realizar un análisis de riesgos específico. Este es un punto novedoso en la versión 2024.

  3. Acotación del uso de recursos propios: En el estándar de 2017, la descripción del recurso hídrico y la identificación de riesgos eran obligatorias para todos los casos. En la nueva versión, este requisito se aplica únicamente a las empresas que utilizan recursos de agua propios.

Conclusiones

Aunque los cambios en esta nueva versión del Estándar APPCC son escasos, sí que representan una mejora en términos de precisión y enfoque en lo relativo a la gestión del agua en establecimientos alimentarios. Estas modificaciones aseguran un mayor control y protección de la calidad del agua utilizada en la producción de alimentos, en consonancia con las exigencias actuales del Real Decreto 3/2023.

Puedes descargar la Guía a través de esos enlaces:

Castellano:

https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/doc_seguridad_alimentaria/es_def/adjuntos/control-alimentos/inspecciones/estandar_appcc.pdf

Euskera:

https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/doc_seguridad_alimentaria/eu_def/adjuntos/control-alimentos/inspecciones/AAKPKestandarra.pdf

En el ámbito de la calidad, seguridad alimentaria y sostenibilidad, nos tenéis a vuestra disposición para daros el soporte que necesitéis y sigamos creciendo juntos.

Para cualquier duda, a vuestra disposición (; )

 

Faldon adesa 24

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Lunes, 09 Septiembre 2024 10:31

SUBVENCION: PERTE DE DESCARBONIZACIÓN

En el presente mes de septiembre se convocará una nueva convocatoria de ayudas dentro del PERTE de Descarbonización.

El PERTE de Descarbonización Industrial es una iniciativa clave en el impulso hacia una economía más sostenible, centrándose en la reducción de emisiones de carbono en el sector industrial a través del uso de tecnologías innovadoras y prácticas ecoeficientes.

Esta línea busca el apoyo al desarrollo de nuevas instalaciones manufactureras altamente eficientes y descarbonizadas. El objetivo es acompañar aquellos proyectos de inversión de especial efecto tractor para instalaciones industriales que usen la mejor tecnología en descarbonización de sus sectores.

¿Qué empresas pueden solicitar esta subvención?:

El sector industrial será el que tenga a su disposición esta nueva línea de ayudas.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las sociedades mercantiles privadas con personalidad jurídica propia que realicen alguna actividad industrial, legalmente constituidas en España.

Además, estas empresas deberán demostrar una experiencia industrial mínima de 3 años en las actividades o sectores a los que se dirija el proyecto.

¿Qué proyectos son subvencionables?:

La construcción y puesta en funcionamiento de nuevas instalaciones manufactureras altamente eficientes y descarbonizadas, tales como una nueva planta de producción industrial o una nueva línea de producción completa en una planta existente.

Como requisito indispensable, esta instalación no podrá utilizar combustibles fósiles como fuente de energía ni como materia prima en ninguno de sus procesos, excepto para el arranque de la instalación, para equipos de emergencia o similares.

¿Cuál es el importe que se destinará para esta convocatoria de ayudas?:

Se destinarán 140 millones de euros, 90 millones se distribuirán en forma de subvenciones y 50 millones lo harán en forma de préstamos, en un proceso de concurrencia competitiva.

¿Cuál es el importe mínimo de la inversión?:

El presupuesto mínimo de conceptos financiables para cada proyecto tractor será de 10 millones de euros.

¿Cuál es la intensidad de la ayuda?:

La intensidad de la ayuda dependerá del tipo de proyecto, así como de la categoría de la empresa solicitante dependiendo de su tamaño. Pudiendo ir desde el 15% del gasto subvencionable del proyecto, hasta el 80%.

¿Cuál es el plazo solicitar esta ayuda?:

Las solicitudes para participar en esta nueva convocatoria podrán presentarse desde el 5 de septiembre, hasta el 26 de septiembre de 2024.

Además, las inversiones presentadas deberán estar terminadas como máximo el 31 de marzo de 2026.

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Faldon adesa 24

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Martes, 03 Septiembre 2024 20:13

ABIERTO PLAZO SOLICITUD PERTE AGROALIMENTARIO

 El Gobierno ya ha publicado la segunda convocatoria del PERTE AGROALIMENTARIO, dotada con 100 millones de euros.

Esta ayuda podrá solicitarse desde el 19 de septiembre hasta el 21 de octubre de 2024. Y el plazo de ejecución de los proyectos será de dos años a partir de la resolución definitiva de la ayuda.

Serán subvencionables las actuaciones orientadas a prioridades temáticas como la economía circular y ecoinnovación, la descarbonización, eficiencia energética, nuevas fuentes de energía renovable y reducción de emisiones contaminantes; materiales y productos avanzados; innovación en procesos de calidad y seguridad y/o proyectos basados en tecnologías digitales.

Además, deberán estar enmarcadas en alguna de las tres líneas de actuación:

· Línea de apoyo directa para inversiones en equipos para pymes.

· Línea diseñada para sufragar proyectos de investigación, desarrollo e innovación.

· Línea dirigida a la innovación en sostenibilidad y eficiencia energética.

En esta edición del PERTE agroalimentario, el proceso de adjudicación será por concurrencia no competitiva, esto quiere decir que los proyectos serán analizados por orden de entrada. Aquellos que cumplan los requisitos, se irán resolviendo hasta agotar los créditos disponibles.

El presupuesto financiable mínimo para cada proyecto se establecerá en función del tamaño de las empresas y de la línea de actuación en la que se encuadre el proyecto:

1. Para la línea de Investigación, Desarrollo e Innovación, el presupuesto financiable mínimo por proyecto será:

· De 500.000 euros para las pequeñas y medianas empresas.

· De 800.000 euros para las grandes empresas.

2. Para la línea de Sostenibilidad y Eficiencia Energética y la línea de inversión PYME, el presupuesto financiable mínimo por proyecto será:

· De 200.000 euros para las pequeñas y medianas empresas.

· De 400.000 euros para las grandes empresas.

Además, como requisito para la solicitud de financiación se establecen, entre otros, los siguientes requisitos:

- Para los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, será necesario aportar un certificado e informe de calificación de las actividades del proyecto.

- Para todos los proyectos será necesario aportar un informe de validación relativo al Cumplimiento del principio de DNSH. Estos informes deberán ser emitidos por una entidad acreditada por ENAC.

Orden de bases con la información completa: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-17223

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Lunes, 01 Julio 2024 10:04

VII CONGRESO INTERNACIONAL ACOFESAL

Los pasados 5, 5 y 7 de junio tuvimos el honor y el placer de participar activamente en el VII Congreso Internacional de Calidad y Seguridad Alimentaria organizado por ACOFESAL (Asociación de Consultores y Formadores de España en Calidad y Seguridad Alimentaria).

Y esta participación la podemos diferenciar en 3 actividades diferentes:

1. Formar parte del Comité organizador una edición más es un reto y una gran motivación para conseguir convocar y reunir a los mejores ponentes para abordar y debatir en torno a los temas de mayor actualidad.

2. Participar en el proyecto de ACOFESALen torno a la Prevalencia de Campylobacter en los mataderos de pollo de engorde en España, presentando un poster y una ponencia. 

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 3. Y especialmente por la moderación de la mesa redonda en torno a la gestión de alérgenos y el etiquetado precautorio, llevada a cabo por nuestra técnica senior Ainhoa González.

Un éxito de asistencia, de participación y en un entorno fantástico como la ciudad de Córdoba. Quedamos muy satisfechos y orgullosos de lo vivido y compartido durante las 3 jornadas del Congreso.

En 2026 nos espera Madrid y ADESA volverá a estar presente, colaborar y participar de manera activa en los distintos frentes de la organización.

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Viernes, 28 Junio 2024 08:49

NUEVA VERSIÓN IFS BROKER v.3.2

IFS Broker se destaca como el estándar principal para evaluar el cumplimiento de intermediarios, comerciantes e importadores en áreas como alimentos, artículos para el hogar, cuidado personal y materiales de envasado. Es reconocido por su eficacia en certificar la calidad y seguridad de los productos en estos sectores.

A partir del 1 de julio las auditorías de certificación de IFS Broker serán obligatorias con la nueva versión 3.2

La nueva versión de la norma se publicó el 29 de febrero y entra en vigor el 1 de julio. Las principales novedades son:

1. El listado de requisitos de auditoría mantiene la misma estructura de 6 capítulos y no ha sufrido cambios significativos a nivel de requisitos para las empresas.

2. El principal cambio de esta versión es el sistema de puntuación, para alinearse con las otras normas de IFS:

- La puntuación "B" vuelve a ser una desviación, que requiere una corrección o una acción correctiva.

- Los requisitos KO se pueden puntuar con A, B o D, siendo "B" una conformidad casi total pero con una puntuación de 0 en estos requisitos KO.

3. El otro cambio más destacable es la indicación del estatus "STAR" en los certificados, que señala que la auditoría se realiza sin anunciar.

Cualquier duda o necesidad al respecto, estamos a vuestra disposición.

Desde ADESA aportamos nuestro granito de arena, dando asesoramiento y soporte en todo lo relacionado con la calidad, seguridad alimentaria, medio ambiente y sostenibilidad.

Para cualquier duda, a vuestra disposición ()

 

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Miércoles, 26 Junio 2024 12:42

NUEVO PERTE AGROALIMENTARIO

El próximo mes de julio, el Ministerio de Industria y Turismo lanzará la segunda convocatoria del PERTE Agroalimentario a través de la cual se destinarán 100 millones en ayudas directas al sector a fondo perdido.

Su objetivo es seguir apoyando la sostenibilidad, la transformación y la modernización de la industria alimentaria. Su objeto es el fortalecimiento de la industria agroalimentaria, a través del otorgamiento de ayudas a planes de inversión destinados a la mejora de procesos de producción y al incremento de la competitividad.

¿Qué líneas plantea?

El PERTE Agroalimentario se centra en dos líneas:

  • Línea de SOSTENIBILIDAD. Dentro de esta línea las prioridades temáticas son:

a. Eficiencia energética de autoconsumo: Implementación de instalaciones de energías renovables para autoconsumo.

b. Inversiones orientadas a Economía Circular: Reducción de los consumos de recursos. Introducción de sistemas de reutilización y depuración de agua. Envases: Introducción nuevos materiales y diseños

c. Línea inversión PYME: inversiones en activos materiales e inmateriales relacionados con el proceso de producción del producto o proceso.

  • Línea de I+D+I, para la cual será obligatorio colaborar con centros tecnológicos. Dentro de esta línea las prioridades temáticas son:

a. Inversiones a nivel de proceso y de logística

b. Reutilización y depuración de aguas residuales

c. Incorporación de medidas que contribuyan al ecodiseño

d. Mejora de la gestión para evitar o minimizar el desperdicio
alimentario

e. Proyectos de recogida e integración de diversos parámetros de información de empresas del sector primario en los sistemas de información de empresas que realicen actividades agroindustriales.

¿Quiénes podrán ser beneficiarios de estas ayudas?:

Aquellas pequeñas, medianas y grandes empresas con antigüedad superior a los 3 años, cuyos CNAE sean 10, 11 o 12. Es decir, aquellas empresas pertenecientes a la industria alimentaria, de bebidas o del tabaco.

¿Cuál es el presupuesto mínimo y máximo financiable?:

El presupuesto mínimo financiable dependerá del proyecto y tipología de empresa. Para las PYMES, los proyectos de inversión en la línea de sostenibilidad serán como mínimo de 400.000€ por empresa y proyecto.

Para la inversión en proyectos de protección del medio ambiente y eficiencia energética, el presupuesto máximo financiable será de 30.000.000€ por empresa y proyecto.

¿Cuál será la intensidad de la ayuda?:

La intensidad de la ayuda dependerá del tipo de proyecto que se lleva a cabo y del tamaño de la empresa beneficiaria:

 

   

 

 

 

 

 

 

 

¿Cuáles son los plazos?

 Se prevé que el plazo de solicitudes abra en el mes de septiembre y que antes de finalizar el año se resuelva la ayuda.

Los proyectos podrán iniciarse desde la solicitud de la ayuda y hasta el 31 de marzo de 2027.

¿Cómo se adjudican los fondos?

Los fondos se adjudicarán en función de la llegada del expediente, por orden. Por ello será muy importante tener toda la documentación e información preparada con antelación.

 

Desde ADESA aportamos nuestro granito de arena, dando asesoramiento y soporte en todo lo relacionado con la calidad, seguridad alimentaria, medio ambiente y sostenibilidad.

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Faldon adesa 24

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NUEVAS OBLIGACIONES PARA ENVASES Y MATERIALES PLÁSTICOS EN 2024

A partir del 3 de julio de 2024 los productos de plástico de un solo uso como los recipientes para bebidas de hasta tres litros de capacidad, como las botellas para bebidas, sólo podrán introducirse en el mercado si las tapas y los tapones permanecen unidos al recipiente durante la fase de utilización prevista de dicho producto. Así lo establece el artículo 57 de la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados.

Asimismo, para cumplir con la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) a través de un sistema colectivo, los productores de producto que pongan en el mercado envases comerciales y/o industriales tienen desde ahora un plazo máximo de 6 meses, hasta el 31 de diciembre de 2024, para adherirse a un Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP).

Recordamos que aquellas empresas que estén obligadas a elaborar un Plan Empresarial de prevención y ecodiseño de envases deben empezar a aplicarlo en 2024, con una duración de 5 años.

RECORDATORIO DE PLAZOS DE LA ÚLTIMA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO (UE) 10/2011 SOBRE MATERIALES Y OBJETOS PLÁSTICOS DESTINADOS A ENTRAR EN CONTACTO CON LOS ALIMENTOS

Hace casi un año, el 11 de julio de 2023 se publicó el Reglamento (UE) 2023/1442 por el que se modifica el anexo I del Reglamento (UE) 10/2011, sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos, en lo que respecta a los cambios en las autorizaciones de sustancias y a la adición de nuevas sustancias, el cual entró en vigor pasado 1 de agosto de 2023. En esta modificación se fijaron diferentes plazos para que los fabricantes puedan adaptarse a estas modificaciones:

1. PRODUCTOS O SUSTANCIAS EN FASES INTERMEDIAS DE FABRICACIÓN

Si un producto o sustancia en una etapa intermedia de fabricación de materiales y objetos plásticos cumple con la versión del Reglamento (UE) nº 10/2011 que estaba en vigor antes de esta última modificación, pero se comercializa por primera vez después del 1 de mayo de 2024 y no cumple con el nuevo Reglamento, la declaración de conformidad debe indicar que no cumple las nuevas normas y que solo puede utilizarse para fabricar materiales y objetos plásticos que se comercialicen antes del 1 de febrero de 2025.

2. MATERIALES Y OBJETOS PLÁSTICOS YA EXISTENTES

Siempre y cuando el producto final se haya comercializado antes del 25 de febrero de 2025, este puede permanecer en el mercado hasta finalizar existencias.

3. EXCEPCIONES ESPECÍFICAS:

Los materiales y objetos plásticos fabricados con ácido salicílico (MCA nº 121) o con harina o fibras de madera, no tratadas, de una especie de madera concreta podrán seguir comercializándose después del 1 de febrero de 2025 siempre que se cumplan una serie de condiciones.

Los cambios más significativos que hay que cumplir en estos plazos, son los siguientes:

 a. Se incluyen nuevas sustancias en el Anexo I, como:

  • Perclorato de trietanolamina, sal sódica dímero para el uso en la fabricación de PVC rígido.
  • Éster de tris(2-etilhexil)benceno-1,2,4-tricarboxilato para el uso en la fabricación de PVC flexible.
  • N,N-bis(2-hidroxietil)estearilamina, parcialmente esterificada con ácidos grasos saturados C16/C18 en la fabricación de MCAP a entrar en contacto únicamente con productos alimenticios secos a temperatura ambiente.
  • Dianhídrido del ácido 3,3′,4,4′-tetracarboxílico de benzofenona para el uso en la fabricación de poliimidas.
  • Ácido fosfórico, ésteres mixtos con metacrilato de 2-hidroxietilo para la fabricación de polimetacrilato de metilo.

b. Se desautorizará la Harina y fibras de madera, no tratadas y el ácido salicílico como aditivo y monómeros.

 c. Se autorizará la sustancia Dietil fosfonato para su uso en la fabricación de 2,5-furandicarboxilato de polietileno, y la sustancia Ácido fosforoso, éster trifenílico, polímero con alfa-hidro-omega-hidroxipoli, ésteres alquílicos C10-16 en la fabricación de materiales y objetos de ABS.

d. Otros cambios:

  • Se reduce el límite de migración total (LME(t)) del grupo 26, ya existente, que incluye los ftalatos DINP (MCA nº 728) y DIDP (MCA nº 729), pertenecientes al grupo 32.
  • El ftalato DIBP (MCA nº 1085), que no figura como sustancia autorizada en el Anexo I, se incluye en los grupos 32 y 36.
  • Se crea el nuevo grupo de sustancias nº 36, incluyendo cuatro ftalatos.
  • Se reduce el límite de migración individual (LME) de los ftalatos DBP (MCA nº 157), BBP (MCA nº 159) y DEHP (MCA nº 283), pertenecientes al grupo 32 y grupo 36.

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De la mano de Basque Food Cluster y ELIKA hemos asistido a la Jornada ONTZI: Buenas Prácticas y Claves en la Gestión de envases y embalajes alimentarios, celebrada en Donostia el martes 28 de mayo de 2024.

La jornada ha contado con 3 mesas redondas de alto nivel técnico, rigor y realismo ante el “tsunami legislativo” que está viniendo en torno a la gestión de envases y embalajes en el sector alimentario.

1

Amaia Ortiz de Elguea (UVESCO), Cristina Cantero (KAIKU), Daniel Del Olmo (NATRA) y Aitor San Francisco (BILIBIN CIRCULAR) han abordado el ecodiseño como herramienta de mejora del impacto ambiental, destacando algunas frases:

  • 2 motivaciones: legislación y consumidores
  • Oportunidad interna y externa
  • Valor diferencial respecto a la competencia
  • Beneficios del ecodiseño: ventajas económicas, poder medir y cuantificar, visión holística del proceso de desarrollo de productos, reforzar el compromiso de la sostenibilidad, conocimiento como punto clave
  • Cómo comunicar al consumidor y al cliente…demasiado sellos
  • Retos de seguridad alimentaria
  • Dificultad de cómo indicar las condiciones de reciclabilidad
  • Crear cultura de ecodiseño en la organización

2

En la segunda mesa redonda, Albert Valldeperes (ENPLATER), Andrea Martínez (VICKY FOODS), Víctor Borrás (KNAUF INDUSTRIES) y Nuria Herranz (ITENE), han tratado las oportunidades en los materiales de envases sostenibles, reciclables y seguros.

  • De dónde sacar o cómo conseguir el material reciclado que exige la normativa para 2025. Es imposible.
  • No hay disponibilidad de materiales o están a un precio no asumible
  • Necesidad de unificar los criterios y exigencias a nivel europeo para poder competir todos igual
  • Trabajo interdepartamental
  • Diferentes criterios de recogida y gestión de residuos a nivel de ayuntamientos
  • Tener en cuenta la “maquinabilidad”…que las máquinas que se tienen valgan para los nuevos materiales.
  • Simbología para facilitar identificación de dónde reciclar
  • Invertir en oportunidades
  • El consumidor sí apuesta por ello pero…no está dispuesto a pagar más
  • De multimaterial a monomaterial
  • Seguros, sostenibles y competitivos

3

La última de las mesas ha girado en torno a la reutilización y las oportunidades que genera, con la participación de Jose María Carrasco (CARTONPLAST), María Segura De la Monja (ACES), Galo Alvarez (VIDRALA), Paula Cinto (ECOVIDRIO), Germán Casado (ECOEMBES) y Belén García (PACKNET)

  • Tasa reciclado alta en España
  • Apoyo de la IA para mejorar las tasas de recogida
  • Ventajas de vidrio que se puede recuperar
  • El sector de los supermercados y cadenas es el más afectado por las leyes…envases, residuos, comercio minorista, desperdicio alimentario, seguridad alimentaria…
  • La trazabilidad  y la colaboración son pilares fundamentales
  • Que den más tiempo para cumplir con los requisitos que se piden para enero 2025: colaborar, comunicarnos y pedir flexibilidad al Ministerio
  • Basarse en análisis de ciclo de vida…mejor reciclado o reutilización?
  • Dar valor a lo que se recicla para que sea rentable

Una jornada muy interesante que pone de manifiesto la realidad del momento actual y lo que viene en el ámbito legal y los plazos y la dificultad/imposibilidad de cumplir con ellos.

En todo caso, en la parte positiva:

  • Es una oportunidad de mejora
  • Es una oportunidad competitiva
  • Genera una mayor comunicación y colaboración multidepartamental en las organizaciones

Muchas gracias a la organización y ponentes por lo vivido y compartido.

 

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Faldon adesa 24

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