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ContáctanosA estas alturas ya te habrás enterado de que GFSI (Global Food Safety Iniciative) ha retirado su reconocimiento a IFS y, por tanto, a partir del 8 de diciembre de este año y de momento, durante al menos 3 meses, los certificados IFS que se emitan no estarán reconocidos por GFSI. Por su parte, IFS ya ha comunicado que va a presentar alegaciones, por lo que puede que esta situación sufra variaciones.
Desde que GFSI publicó esta noticia en su página web (https://mygfsi.com) no han cesado las preguntas desde nuestros clientes y nuestro equipo técnico. ¿En qué repercute esto a empresas que están certificadas en IFS? ¿Y las que se van a certificar o recertificar en este periodo de 3 meses? ¿Y las que están certificadas en otros estándares que incluyen este reconocimiento dentro de sus requisitos?
Empecemos analizando el contexto. La Iniciativa Global de Seguridad Alimentaria (GFSI) es una Coalición de Acción del Foro de Bienes de Consumo (CGF), que reúne a 42 minoristas y fabricantes de CGF y una comunidad extendida de seguridad alimentaria cuyo objetivo principal es supervisar los estándares de seguridad alimentaria para empresas y ayudar a proporcionar acceso a alimentos seguros para las personas en todas partes del mundo.
La Coalición está formada por 42 miembros del Foro de Bienes de Consumo, que se enumeran a continuación:
Una de las principales actividades de GFSI es la armonización de los distintos esquemas de seguridad alimentaria, a través del establecimiento de los requisitos mínimos a cumplir por los distintos estándares, cuya última versión data de febrero de 2020. De esta manera, se persigue que una empresa que esté certificada por una norma de seguridad alimentaria que se encuentre reconocida por GFSI pueda ser amparada por otros estándares y evitar que las organizaciones deban estar certificadas en base a varios estándares de seguridad alimentaria.
Dentro de las normas reconocidas actualmente por GFSI bajo la última versión son las siguientes:
Hasta el pasado 8 de diciembre de 2022 IFS (las normas Food, Logística y Broker) estaba incluida en este listado de estándares reconocidos, pero tal y como hemos indicado, al menos durante los 3 siguientes meses no lo va a estar.
¿Pero que ha ocurrido? En el escrito emitido por GFSI (https://mygfsi.com/news_updates/gfsi-steering-committee-sanctions-international-featured-standards-ifs/) se establece que el Comité Directivo de GFSI ha sancionado a IFS con el objetivo de mantener la confianza en los programas de certificación reconocidos por GFSI y preservar la integridad del reconocimiento GFSI. No obstante, no se detallan las causas que han originado esta decisión tan relevante.
Para aclarar las posibles dudas que puedan tener las partes interesadas en la repercusión de esta sanción, GFSI ha elaborado un documento guía (https://mygfsi.com/wp-content/uploads/2022/12/FAQ_-IFS-Sanction-1.pdf) donde, a modo resumen, establece lo siguiente:
Y todo esto, ¿En qué me afecta?
En caso de que en el periodo de 3 meses (al menos) que durará la sanción, a la empresa alimentaria le caduque el certificado o vaya a certificarse por primera vez en IFS, podrá hacerlo, pero al no estar reconocido por GFSI, debería asegurar que en dicha situación los clientes aceptan el certificado no reconocido. En este sentido, IFS emitió un comunicado en respuesta a GFSI el mismo viernes (https://www.ifs-certification.com/index.php/es/news/news-archiv/4304-important-notification-about-gfsi-suspension) en el que confirma que la certificación IFS sigue siendo válida para la gran distribución dentro de la red de IFS. No obstante, se recomienda que la empresa alimentaria consulte con los clientes para conocer si será válido para ellos el certificado IFS (especialmente en clientes para los que se elaboran productos de marca de distribución u otro tipo de cliente cuyos requisitos básicos incluyan la certificación en algún estándar de seguridad alimentaria).
Por otro lado, no debemos olvidar que dentro de la aprobación y seguimiento de los proveedores suele ser muy habitual utilizar como criterio que la empresa proveedora disponga de algún certificado reconocido por GFSI. Este requisito no es de obligado cumplimiento en el caso de estar certificados en IFS, pero sí es un requisito obligatorio de BRCGS Food en los proveedores que no sean de bajo riesgo (o en caso de no disponer de dicho certificado, homologar al proveedor en base a una auditoría).
En este sentido, el 15 de diciembre BRCGS publicó un “Position Statement” o Declaración de Posición. La Declaración de Posición es una decisión tomada por el Comité de Asesoría Técnica de BRCGS acerca de la interpretación de un requisito o detalle del protocolo que es vinculante, siendo una extensión de la Norma.
En esta Declaración de Posición (https://www.brcgs.com/about-brcgs/news/2022/brcgs101-position-statement-to-clarify-the-use-of-ifs-certification-for-supplier-approval-during-gfsi-suspension-period/) BRCGS aclara la pauta a seguir en lo referente a la homologación de los proveedores, aplicable a los siguientes estándares:
De esta manera, establece que durante el periodo de 3 meses en los que IFS no estará reconocido por GFSI, BRCGS continuará reconociendo y aceptando los certificados IFS. Además, detalla que BRCGS no espera que los establecimientos completen revisiones adicionales de los informes de auditoría de IFS, siendo suficiente con que el proveedor disponga del certificado.
Este mismo enfoque se aplicará para la aprobación de proveedores para productos comercializados, no sólo para proveedores de materias primas.
Parece que la razón de la suspensión no tiene que ver con la seguridad alimentaria; al menos así lo destaca IFS en su comunicado. Según nos indican distintas fuentes, ninguna oficial, puede ser un tema económico o incluso una confrontación que viene de atrás y que tiene relación con una comunicación ineficiente entre GFSI e IFS ante una crisis alimentaria comunicada a GFSI desde IFS. No obstante, esta última parte son conjeturas no confirmadas y por tanto, nos toca esperar a ver cómo se resuelve esta situación tras la apelación por parte de IFS y sobre todo, comunicarnos con nuestros clientes y nuestros proveedores para ver la manera en que repercuta lo menos posible a la empresa alimentaria.
Uno de los cambios que más respeto da a las empresas certificadas con la versión 7 de IFS es la obligación de realizar una evaluación no anunciada en cada ciclo de tres años.
Hasta ahora las empresas han sido las que han decidido en cuál de esos tres años se realiza la evaluación no anunciada, abriéndose una ventana de tiempo desde las 16 semanas antes de la fecha de vencimiento de la auditoría anterior, hasta 2 semanas después.
Pero esta situación ha cambiado, ya que en la newsletter oficial de IFS Food del mes de octubre han anunciado que, a partir de ahora, será el organismo de certificación quien notificará a las empresas en qué año se va a realizar esta evaluación no anunciada, comunicándolo a las empresas con antelación suficiente para que estén preparadas para la evaluación.
Esta nueva decisión implica que las empresas deben estar preparadas para realizar una evaluación no anunciada con un margen de tiempo breve, estandarizando sus procesos y fomentando la cultura de seguridad alimentaria en la empresa para evitar sorpresas durante la evaluación.
Desde Adesa podemos ayudarte a implantar un sistema ágil y a medida para tu empresa. Además, tenemos disponible la opción de realizar auditorías internas no anunciadas en las empresas que lo soliciten, para facilitar la gestión de las posibles desviaciones que se puedan encontrar, y ganar en seguridad y confianza.
Consúltanos sin compromiso.
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