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BREXIT Y LA EMPRESA ALIMENTARIA ¿En qué afecta el Brexit a la exportación de alimentos?

Ya hace unas semanas que Reino Unido no forma parte de la Unión Europea y ante las consultas realizadas por nuestros clientes sobre la exportación de alimentos, a continuación os detallamos los puntos más importantes a tener en cuenta.

En esencia se trata de que Reino Unido ha pasado a ser un país tercero y, por tanto, las condiciones asociadas al mercado común ya no aplican a este país. 

El Real Decreto 993/2014 recoge la regulación sobre la certificación veterinaria oficial para la exportación de alimentos de origen animal. 

¿Qué pasos debo seguir para exportar alimentos de origen animal - POAs a Reino Unido?

El Ministerio ha elaborado una guía completa y específica para darse de alta en CEXGAN tras el Brexit: https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/comercio-exterior-ganadero/guiabrexitexportador-altaencexgan_mod_tcm30-553467.pdf

  • Conocer el tipo de certificado que necesitará para el producto específico que quiere exportar.

En el caso de alimentos (siempre que no procedan de zonas de la Unión Europea sometidas a algún tipo de restricción de tipo sanitaria) y al menos hasta el 1 de abril de 2021, las exportaciones se realizarán a través del ANEXO D: Documento de no intervención. A partir del 1 de abril de 2021, habrá que revisar si ya existe algún certificado de exportación especifico. Además, se deberá estudiar el nivel de SAE de cada ASE – Certificado Veterinario de exportación definido, para tenerlo en cuenta, en caso de que sea un ASE de nivel 2 ó 3, en el sistema SAE de la organización. 

Recientemente, el 28 de enero, hubo una actualización en la página Web del Ministerio en lo referente al listado de Modelos de Certificados a utilizar para la exportación de productos de origen animal, que en principio no son de aplicación para alimentos, al menos hasta el 1 de abril de 2021. 

  • Obtener del importador el UNN (Unique Notification Number), en los casos en los que sea necesario.

Este código UNN es exigido a las exportaciones de animales vivos, material genético y material reproductivo y determinados SANDACH desde el 1 de enero de 2021. En principio no es exigible para alimentos de origen animal. 

  • Solicitar el certificado en CEXGAN

Este proceso se lleva a cabo de la misma manera en que se exporta a otros países terceros. En la siguiente guía se puede obtener información detallada: https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/comercio-exterior-ganadero/manualcexgan_usuario_exportador_v03c_tcm30-553573.pdf

Se ha habilitado una vía rápida (además de la vía convencional) que permite agilizar las operaciones para el exportador, de manera que se emiten los datos relevantes de la exportación a la base de datos de aduanas, antes de la emisión del certificado. 

Dispone de más información sobre la vía rápida en el siguiente enlace Web: 

https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/comercio-exterior-ganadero/guiabrexitexportador-certificadosviarapida22-12-2020b_tcm30-553587.pdf

¿Y qué ocurre con los alimentos que no son de origen animal – PONAs?

En este caso, Reino Unido clasifica los productos en 3 niveles: productos de alta prioridad, productos regulados no expresamente exentos y productos exentos de controles fitosanitarios en frontera.

Los productos de alta prioridad son aquellos que tienen riesgo de contener contaminantes (micotoxinas, pesticidas o Salmonella, entre otros). Tales como salsas, cereales, especias, frutos secos. Para estos productos desde el 1 de enero de 2021 se han implantado nuevos requisitos de exportación, mientras que para el resto no hay requisitos adicionales hasta el 1 de abril (a menos que el origen sea distinto al de la Unión Europea). Como salvedad, se debe tener en cuenta que el vino y el aceite tienen requisitos específicos para su exportación a Reino Unido. 

¿Dónde puedo obtener más información?

En Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha habilitado un enlace en el que se desarrollan los puntos incluidos en este artículo, entre otros, e irá actualizando dicha información a medida que se lleven a cabo cambios legislativos en este ámbito. 

Esta es la dirección Web del Ministerio con información sobre la exportación de productos de origen animal: 

https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/comercio-exterior-ganadero/export/brexit-exportacion.aspx

Para la exportación de productos de origen no animal, en este enlace se han recogido distintas notas informativas: 

https://www.mscbs.gob.es/en/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/exp_Operadores.htm

En caso de que necesite ayuda o información adicional sobre la exportación de alimentos a Reino Unido, no dude en contactar con nosotros (en nuestra web www.adesa-asesoria.com o en el mail )

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