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REGLAMENTO EUROPEO DE ENVASES Y RESIDUOS DE ENVASES

La semana pasada el Parlamento Europeo aprobó, por una amplia mayoría de votos, el nuevo Reglamento de envases y residuos de envases.

Este nuevo Reglamento plantea objetivos muy ambiciosos y nuevas obligaciones y prohibiciones para las empresas que componen el sector alimentario.

Te las contamos:

Su objetivo general es armonizar en todo el territorio europeo una serie de medidas comunes para hacer los envases más sostenibles y reducir los residuos de estos e impulsar la reutilización, así como la economía circular.

Algunos de sus objetivos y medidas específicas más relevantes son:

1º) A partir del 1 de enero 2030 quedarán prohibidos:

  • Los envases de plástico de un solo uso para las frutas y verduras frescas sin procesar.
  • Los envases de plástico de un solo uso de alimentos y bebidas que se sirven y consumen en cafeterías y restaurantes.
  • Los envases de plástico de un solo uso de porciones individuales (para, por ejemplo, condimentos, salsas, crema, azúcar).
  • Las bolsas de plástico muy ligeras de menos de quince micras.

2º) Generar un 5% menos de envases para 2030, un 10% para 2035 y un 15% para 2040. Centrándose especialmente en la reducción de envases de plástico.

3º) Los envases en contacto con alimentos no podrán contener las llamadas “sustancias químicas eternas” (sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas o PFAS) por encima de determinados umbrales.


4º) Todos los envases (salvo los de madera ligera, corcho, textil, caucho, cerámica, porcelana y cera) tendrán que ser reciclables.

5º) Se establece un ratio máximo de espacio vacío del 50% para los envases colectivos, de transporte y de comercio electrónico. 

6º) Se fomentará el contenido de material reciclado, estableciendo objetivos mínimos para los envases de plástico.

7º) Se establecerán objetivos específicos de reutilización de determinados envases.

8º) Los fabricantes e importadores también tendrán que garantizar que se minimiza el peso y el volumen de los envases al máximo.

9º) Los distribuidores finales de bebidas y comida para llevar tendrán que ofrecer a los consumidores la opción de aportar su propio recipiente y deberán ofrecer el 10 % de los productos en un formato de envase reutilizable de aquí a 2030.

10º) Se fijan objetivos específicos de reutilización para 2030 para los envases de bebidas alcohólicas y no alcohólicas (menos para la leche, el vino, el vino aromatizado y los licores).

11º) De aquí a 2029, el 90 % de los envases de bebidas de plástico y metal de un solo uso (hasta tres litros) tendrán que recogerse por separado (mediante Sistemas de Depósito y Devolución).

¿Todas estas nuevas reglas serán aplicables a las empresas más pequeñas?: No todas, pues el Reglamento incluye exenciones para este tipo de organizaciones.

Próximos pasos: El Consejo Europeo tiene que aprobar formalmente el acuerdo antes de su posterior entrada en vigor.

Desde el departamento de medio ambiente y sostenibilidad de ADESA te damos asesoramiento y soporte en todo lo que necesites en torno a dichas áreas ()

 

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